¿Qué requisitos piden para alquilar un piso en España?
Publicado: Lunes, 27 Octubre 2025
Encontrar piso se ha vuelto casi una competición. Llamas, escribes, y cuando por fin alguien contesta, parece que hay diez personas delante de ti. Esa sensación de urgencia hace que muchos acepten cualquier condición solo por no perder la oportunidad.
Pero un alquiler no se trata solo de encontrar techo, sino de entender bien qué requisitos de alquiler de piso te van a pedir y cuándo conviene decir “espera, esto no me encaja”. Veamos qué documentación, garantías y condiciones son realmente necesarias antes de alquilar.
Documentación que te pedirán
Al alquilar una vivienda es normal que el propietario o la agencia te soliciten algunos documentos básicos, pero solo cuando realmente estás interesado y después de ver el piso.
Ahora bien, si te piden esa documentación por WhatsApp antes de enseñarte el piso, desconfía. Ningún casero serio necesita tus datos personales para concertar una visita y podría acabar en suplantación de identidad o estafa.
Solo entrega tus documentos después de ver el piso y cuando tengas claro que el propietario o la agencia son reales.
¿Cuánto debes ganar para que te acepten?
En España no hay un salario mínimo legal para alquilar, pero sí hay preferencias. Una regla no escrita es que el alquiler no supere aproximadamente el 30–40% de tus ingresos netos mensuales.
Los propietarios buscan inquilinos cuya renta sea el equivalente a dos o tres veces lo que pagarán de alquiler al mes. Por ejemplo, algunas aseguradoras de impago revisan que la mensualidad no supere el 40% de tus ingresos netos.
La nómina fija (contrato indefinido) siempre suma puntos. Los caseros valoran mucho la estabilidad, se considera más seguro un contrato indefinido o un empleo público que uno por tiempo determinado.
¿Y si soy autónomo o estoy en período de prueba?
Para los autónomos los requisitos son similares en esencia, aunque cambian los documentos. Al no haber nóminas, lo habitual es presentar la última declaración de la Renta y los pagos trimestrales de IVA o retenciones (modelos 130/131).
En otras palabras, el propietario querrá ver tus declaraciones fiscales para comprobar tus ingresos. También debe acreditarse que estás al corriente con Hacienda y Seguridad Social (certificados de deuda 0).
Muchos seguros de impago exigen que los autónomos estén dados de alta en el RETA y que sus últimas declaraciones muestren ingresos estables.
En el caso de estar en periodo de prueba, no hay impedimento legal, pero el arrendador puede pedir que refuerces tu candidatura. Por ejemplo, podrías acompañar la solicitud con extractos bancarios de los últimos meses o con la carta oficial de tu empresa confirmando tu contrato.
A veces puede convenir ofrecer varias mensualidades por adelantado o conseguir un avalista. Recuerda que la antigüedad laboral mínima suele ser de 6 meses para que los seguros de impago acepten la solicitud, así que si estás en prueba deberás compensarlo con otras garantías adicionales.
Fianza, depósito y garantías adicionales qué pueden exigirte
La fianza es el depósito legal obligatorio que se da al firmar el contrato. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que en el alquiler de vivienda es un mes de renta. Este importe se entrega en metálico al casero y debe devolverse íntegro al finalizar el arrendamiento, salvo daños o rentas impagadas.
Por ley, la cuantía de esta garantía extra también está limitada. El artículo 36.5 de la LAU fija que la garantía adicional pactada no podrá exceder de dos meses de renta. En la práctica, es común que tras la fianza inicial (1 mes) se te pida adelantar el primer mes corriente de alquiler y, en algunos casos, hasta dos meses más como garantía complementaria.
¿Cómo funciona el seguro de impago y qué requisitos mira?
El seguro de impago de alquiler es una herramienta para proteger al propietario ante la falta de pago. Lo contrata el arrendador, quien paga una prima a la compañía aseguradora.
Este seguro cubre típicamente varios meses de renta en caso de impago, así como gastos judiciales y defensa jurídica en desahucios. Funciona como alternativa a pedir un aval, pues es la aseguradora la que se encarga de gestionar impagos y reclamaciones.
Para contratarlo, la aseguradora estudia al inquilino (y, si aplica, al avalista) para verificar su capacidad de pago. Los requisitos del inquilino para el seguro de impago suelen incluir lo siguiente:
Casuísticas: con mascotas, en ASNEF, estudiantes y jóvenes
- Con mascotas: la ley de arrendamientos no prohíbe expresamente tener animales de compañía en la vivienda alquilada. Es decir, a menos que el contrato establezca lo contrario, el arrendador no puede negar arbitrariamente la presencia de mascotas.
- En ASNEF / moroso: aparecer en un fichero de morosos (ASNEF, RAI, Equifax) complica mucho alquilar. Como consecuencia, si estás en ASNEF se puede rechazar tu solicitud o pedirte condiciones muy estrictas: fianzas elevadas, avalistas con nómina alta o pagos anticipados de varias mensualidades. No obstante, no es imposible.
- Estudiantes: los inquilinos estudiantes tienen requisitos particulares. Dado que muchos estudiantes no tienen ingresos fijos propios, los propietarios suelen exigir un avalista sólido, normalmente los padres o tutores.
- Jóvenes (menores de edad): la ley exige mayoría de edad para firmar la mayoría de contratos civiles. En principio, se considera edad mínima legal 18 años para alquilar. Sin embargo, los jóvenes de 16 a 18 años emancipados pueden pactar un alquiler como si fueran mayores de edad.
Carta de presentación y reserva
No todos los caseros lo piden, pero si el piso tiene mucha demanda, una breve carta de presentación ayuda a destacarse. Basta con indicar quién eres, a qué te dedicas y que tienes ingresos estables. No hace falta escribir un currículum ni quedar bien, una presentación clara y sincera funciona mejor.
En cuanto a la reserva, es habitual cuando ya has visto el piso y ambas partes están de acuerdo. Se hace por escrito y suele ir acompañada de un pequeño pago que se descuenta del primer mes de alquiler. Nunca pagues una reserva antes de ver el piso o sin firmar un documento con nombre, DNI y condiciones claras del propietario.
FAQ
¿Pueden pedirme 3 meses de fianza?
No. Por ley la fianza en un alquiler de vivienda es una sola mensualidad.
¿Puedo alquilar sin contrato indefinido?
Sí, no es obligatorio. Aunque es cierto que un contrato indefinido se valora más, nada impide alquilar con un contrato temporal o incluso sin nómina fija.
¿Puedo alquilar estando en ASNEF?
Es muy difícil. Aunque no existe prohibición legal absoluta, estar en un fichero de morosos hará que la mayoría de caseros desestime tu solicitud o te exija compensaciones (mayor fianza, aval, pagos adelantados).
¿Cuántas nóminas me pedirán?
Lo habitual son las últimas tres nóminas, pero no hay norma fija.
¿Pueden pedirme aval?
Sí, es legal pedir aval si lo acuerdas en el contrato. Un avalista tiene la obligación de pagar si tú no puedes.
¿Puedo alquilar sin nómina?:
Con esfuerzo. Al alquilar sin nómina significa que no podrás mostrar los requisitos estándar, así que el casero analizará otros aspectos: por ejemplo, tus estados de cuenta bancarios, ahorros, estabilidad de trabajo por cuenta ajena o becas de estudio.
¿Existen ayudas para jóvenes?
A nivel estatal existe el Bono Alquiler Joven (hasta 250 €/mes) para menores de 35 años que cumplan ciertos requisitos de renta.